El Tribunal Supremo de Justicia destituyó a la alcaldesa de Guasdualito y militante de Voluntad Popular, Lumay Barreto, municipio José Antonio Páez del estado Apure.
El Tribunal Supremo de Justicia tomó la medida con base en la decisión emitida por el Concejo Municipal de esa jurisdicción, el pasado 26 de febrero, que declaró la vacante absoluta en el cargo, quedando designado como alcalde encargado el concejal Victor Argenis, presidente de la Cámara Municipal.
Ante esto, la Asociación de Alcaldes por Venezuela expresó en un comunicado este martes «su más contundente rechazo a la pretensión ilegal» de destituir a la alcaldesa del municipio José Antonio Páez de Apure, Lumay Barreto, electa por el voto popular.
La medida cautelar de la Sala Constitucional es improcedente, en primer lugar, por la incompetencia de ese Tribunal.” La Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia otorga competencia a esa Sala para conocer de demandas de intereses difusos y colectivos cuando esa demanda tenga “transcendencia nacional”. Al dictar medida cautelar sobre un acuerdo del Concejo Municipal del Municipio José Antonio Páez, que pretende destituir a la alcaldesa Barreto, la Sala Constitucional actuó fuera de sus competencias legales”, reseña Unión Radio.
La Sala Constitucional, actuando como una suerte de Juez de ejecución del Acuerdo (para lo cual no tienen ninguna competencia), y no como Juez garante de la Constitución, obvió toda valoración sobre la inconstitucionalidad e ilegalidad del Acuerdo de la Cámara municipal.
Para la Asociación de Alcaldes, “no existe en la Ley Orgánica del Poder Público Municipal la figura del “abandono del cargo”. El cargo de Alcalde solo se pierde ante una de las causas de ausencia absoluta taxativamente establecidas en esa norma. Sólo pasados 90 días luego de declarada una ausencia temporal es que la Ley Orgánica del Poder Público Municipal le da facultades a los concejales para determinar si esa falta temporal puede asumirse como ausencia absoluta.
La sentencia cautelar de la Sala Constitucional, dictada fuera del marco aplicable a este tipo de demandas, acordó la ejecución del Acuerdo, a pesar de que ese acto, de manera manifiesta, creó un supuesto de falta absoluta no prevista en la LOPPM, con lo que el TSJ pretende avalar un acuerdo para que el presidente del Concejo Municipal usurpe el cargo de Alcalde, todo ello en detrimento del derecho de los electores únicos soberanos en el municipio que eligieron a su alcaldesa por mayoría indiscutible de votos y en detrimento de la autonomía municipal, que requiere –cuando menos- el respeto del mandato popular del Alcalde.
La Asociación de Alcaldes por Venezuela exige al Tribunal Supremo de Justicia que revoque la inconstitucional e ilegal medida cautelar dictada en contra de la alcaldesa Lumay Barreto que pretende suspenderla del ejercicio del mandato popular que le dio el pueblo. La referida sentencia cautelaradolece de errores inexcusables en derecho y convierte a la Sala Constitucional en un juez ejecutor.
Redacción Diario El Vistazo, con información de Noticiero Venevision.