El Ministerio Público (MP) debe verificar los testimonios de las personas imputadas que delatan o develan la participación de otros en el homicidio de Carlos Lanz, de acuerdo a la sentencia 1.493 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ).
La Fiscalía difundió en videos dos delaciones que ayudaron a esclarecer el hecho delictivo, según lo informado por el Fiscal General de la República, Tarek William Saab.
Los imputados Maxyorisol Cumare, esposa de Lanz y Glenn Castellano, presunto operador de ese crimen, se acogieron al “supuesto especial” de delación y contaron cómo ocurrió el secuestro, desaparición y asesinato del profesor ocurrido el 8 de agosto de 2020.
La Sala Constitucional precisó que la delación está concebida como una “institución procesal penal” a la que puede acogerse un imputado, ofreciendo información a la Fiscalía con la finalidad de contribuir en la investigación de un hecho.
El procesado puede obtener por esa vía “una rebaja en la pena aplicable, si la información suministrada resulta útil y eficaz”, dice la Sala Constitucional.
Ese supuesto especial se aplica cuando se trata de hechos producto de la delincuencia organizada o de la criminalidad violenta, dice el artículo 40 del Código Procesal Penal.
“Es por ello que la verificación de la utilidad de la información suministrada o de la colaboración prestada por el imputado delator impone la obligación al Ministerio Público de investigar ineludiblemente y de forma expedita y diligente lo delatado”, detalla la sentencia.
El texto señala que a partir de ese momento, los delatores adquieren la cualidad de “informantes arrepentidos”.
La Sala Constitucional refiere que la condición que versa sobre la colaboración del imputado está referida a dar información esencial, dirigida a lograr los siguientes objetivos: evitar que continúe el delito o se realicen otros; ayudar a esclarecer hechos investigados u otros conexos; y proporcionar información útil para probar la participación de otros imputados.