Desde el año 2015, la vestimenta o indumentaria escolar no es necesaria para ir a clases en Venezuela. En la gaceta Oficial N° 40.739, en su Artículo 6 de las NORMAS SOBRE EL UNIFORME ESCOLAR se establece:
“Las y los estudiantes que por razones plenamente justificadas no usen el uniforme escolar, debe permitírseles la entrada o permanencia en clases y demás actividades escolares hasta tanto se mantengan las causas que motivaron su incumplimiento”.
Por disposición del Ministerio de Educación, a cargo en esa fecha de Héctor Rodríguez Castro, esta resolución “no podrá ser modificada por normas de inferior jerarquía, ni por contratos, convenios o acuerdos de cualquier naturaleza” (Artículo 4).
Se establece que la medida “se aplicará a todas las instituciones y centros educativos oficiales dependientes del Ejecutivo nacional, estadal, municipal y a los entes descentralizados y las instituciones educativas de gestión privada del Subsistema de Educación Básica” (Artículo 3).