La periodista Laura Clisánchez, del Correo del Caroní, publicó el 13 de marzo, que la apelación de un amparo constitucional elaborado por representantes legales de un grupo de comercios de Ciudad Guayana, fue recibido el 24 de febrero en la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ).
El máximo tribunal del país tiene un lapso de 30 días para responder si el recurso es admitido o no, afirma Clisánchez.
Quienes interponen el amparo son empresas que están bloqueadas en el portal tributario de la Alcaldía de Caroní, estado Bolívar, por no pagar el servicio de aseo urbano de la empresa privada Fospuca. El amparo expone argumentos para evitar las multas por el impago, entre otros.
«Los solicitantes buscan con el amparo que la Superintendencia de Tributos de Caroní les permita declarar y pagar los impuestos municipales, aunque se haya vencido el plazo, pues aseguran que no declaran sus impuestos por un acto intencional de evasión fiscal, sino porque el portal se mantiene bloqueado hasta tanto los contribuyentes no cancelen las elevadas tarifas de aseo urbano», describe la periodista.
Más de 200 compañías figuran como testigos que declararán ante el tribunal cuando sea asignado.
El amparo se introdujo inicialmente en enero del 2023 ante el Tribunal Superior Contencioso Administrativo de Puerto Ordaz, pero esa instancia optó por declarse incompetente. Posteriormente el Tribunal Superior Contencioso Tributario de Ciudad Guayana lo admitió pero «días después, el 30 de enero declaró inadmisible el recurso», alegando que en lugar de un amparo los abogados debían introducir un recurso ordinario.
Estas dos reacciones judiciales regionales desfavorables, motivaron a los afectados presentarse en el máximo tribunal del país.
«El recurso recae sobre el TSJ porque los tribunales de Puerto Ordaz y Ciudad Bolívar actuaron en contra de unas sentencias de su propia sala constitucional, explicó uno de los abogados que lleva la causa», José Gregorio Meignen.