El Observatorio Venezolano de Conflictividad Social (OVCS) registró 783 protestas en agosto de 2019. Esto significó un promedio de 26 manifestaciones diarias. Las entidades con mayor índice de protestas fueron: Anzoátegui (107), Distrito Capital (75), Monagas (71), Bolívar (63), y Miranda (58).
En comparación con el mismo periodo del año pasado, las protestas se redujeron 11% en 12 meses. La demanda de derechos civiles y políticos fue la principal motivación de los venezolanos, ya que representó 66% del total de protestas registradas el mes pasado.
El restante (34%) tuvo que ver con la exigencia de Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales (Desca), vinculadas principalmente con exigencias laborales, acceso a servicios públicos de calidad, salud, alimentos y educación.
En conjunto, los estados orientales desplazaron a la región andina en el liderazgo de las protestas este mes. Los ciudadanos exigen un cambio en la conducción política del país.
Agosto se caracterizó por protestas combinadas: De las 783 protestas documentadas en agosto, 183 fueron combinadas, significa que los venezolanos exigieron simultáneamente varios derechos. En términos porcentuales esta modalidad de protestas representó el 23% del total registrado.
El OVCS reitera sus exigencias:
1.-Atender las demandas de la población que a diario ve desmejoradas sus condiciones para disfrutar de una vida digna, mediante el ejercicio de su profesión u oficio, con los servicios y sistemas de salud que le garanticen calidad de vida.
2.-Poner fin a la orden dada a cuerpos de seguridad y de reprimir a manifestantes, en lugar de velar por su seguridad y resguardo de sus vidas e integridad.
3.-El cese inmediato de la participación de Colectivos Paramilitares, grupos de exterminio y Organismos de Seguridad no facultados para ejercer funciones de control de orden púbico.
4.-Realizar las investigaciones pertinentes, de manera independiente, expedita y oportuna, para determinar las responsabilidades correspondientes por tratos crueles inhumanos y degradantes, y detenciones arbitrarias ocurridas durante las manifestaciones.
5.-Garantizar el pleno cumplimiento y respeto del artículo 68 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el cual establece: “los ciudadanos y ciudadanas tienen derecho a manifestar, pacíficamente y sin armas, sin otros requisitos que los que establezca la ley. Se prohíbe el uso de armas de fuego y sustancias tóxicas en el control de manifestaciones pacíficas. La ley regulará la actuación de los cuerpos policiales y de seguridad en el control del orden público”. Por observatoriodeconflictos.org.ve