La Sudeban a través de la Circular SIB-DSB-CJ-OD-00802 de fecha 09 de febrero de 2021, instruye al sector bancario nacional, compañías emisoras o administradoras de tarjetas de crédito, débito, prepagadas y demás tarjetas de financiamiento o pago electrónico evaluar y ejecutar las acciones que permitan concretar la sustitución de los dispositivos de puntos de venta basados en tecnología 2G, bajo los mecanismos más idóneos y expeditos posibles.
Todo esto de acuerdo con las políticas implementadas por el Ejecutivo Nacional tendentes a proteger el uso del Bolívar mediante los nuevos mecanismos ofrecidos por la economía digital, adoptando las medidas idóneas y necesarias para incrementar y mantener un sistema de pagos completamente electrónico, moderno y accesible para la población en general.
Esta instrucción deberá ser acometida de manera progresiva, priorizando aquellos equipos cuya operatividad con tecnología 2G no permita una conexión óptima o la misma sea nula. Por otra parte, corresponde a la entidad bancaria implementar la actualización de todos los equipos de puntos de venta que presenten limitaciones en cuanto a su software o hardware para realizar operaciones mayores a cien millones de Bolívares (Bs. 100.000.000,00).
Para el debido cumplimiento de la mencionada Circular, este Ente Supervisor estableció un plazo máximo de 120 días hábiles bancarios con el objetivo ejecutar la sustitución y adecuación del cien por ciento de los dispositivos.