Los supermercados, carnicerías y panaderías son algunos de los comercios que podrán permanecer abiertos durante el periodo de cuarentena social, colectiva y voluntaria decretada en el país; según lo establecido en las excepciones anunciadas por el Ejecutivo Nacional, mediante comunicado oficial publicado por el Ministerio del Poder Popular de Comercio Nacional.
En el marco del Decreto de Estado de Alarma decretado en Venezuela, para hacer frente a la emergencia sanitaria generada por el COVID-19, la ministra de Comercio Nacional, Eneida Laya reiteró su llamado al acatamiento de las normas y aseguró la disponibilidad de estos establecimientos, por lo que pidió a la población en general no hacer compras nerviosas ni acaparar productos.
Para el sector que conforma la cadena de distribución de alimentos perecederos y no perecederos, como supermercados, bodegas de víveres, abastos, charcuterías, carnicerías y panaderías, así como los que se dedican al expendio de agua potable, podrán desarrollar su labor entre las 08:00 a.m. y las 06:00 p.m. Mientras que para el sector farmacéutico del país, se definió el mismo horario, con la salvedad de cumplir los turnos o guardias programadas y contar con medicamentos disponibles las veinticuatro (24) horas del día, ante cualquier emergencia.
Entre los puntos más importantes de este anuncio, se encuentra la medida referida a los Mercados Municipales, para los que se establece un horario desde las ocho de la mañana hasta las dos de la tarde, además del cumplimiento estricto de las normas de prevención establecidas al efecto.
El Ministerio de Comercio Nacional, recomienda igualmente al sector comercio en general, mantener actualizado el inventario de productos para evitar el desabastecimiento y realizar campañas internas en los establecimientos comerciales para incentivar a la población a evitar el acaparamiento de productos.
Se recuerda también a este sector, que la permanencia de los usuarios en los establecimientos deberá ser estrictamente, para personas interesadas en la compra de alimentos y productos de primera necesidad, por lo que se deben evitar dilaciones innecesarias.
Las condiciones en las cuales se llevará a cabo este proceso, también forman parte de las medidas adoptadas en todo el país y esto incluye solicitar al público, el uso adecuado de mascarilla en boca y nariz, durante su permanencia en estos establecimientos, normativa que rige igualmente para los trabajadores de estos centros.
Para el personal que labora en este sector, se instruye la obligatoriedad de lavarse las manos constantemente con agua y jabón o la solución recomendada por los organismos de salud, así como evitar tocarse los ojos, nariz y boca con las manos.
Es necesario también mantener la distancia mínima de un metro con clientes, proveedores, compañeros de trabajo y usuarios en general; evitar compartir artículos de uso personal y desinfectar constantemente las superficies y objetos expuestos o de acceso a los clientes y usuarios.
Todos los establecimientos comerciales deberán contar con dispensadores de jabón, de gel desinfectante o solución alcohólica para mantener una higiene adecuada de los empleados. Se recomienda verificar cada dos horas, el adecuado funcionamiento de los dispensadores, procediendo a surtir, reparar o sustituir de manera inmediata los que sea necesario.
Se considera importante para el desarrollo satisfactorio de esta jornada, realizar la limpieza y desinfección frecuente de los puestos de trabajo y de las instalaciones en general, con especial atención a superficies, pomos de las puertas, muebles, exhibidores, vitrinas, entre otros de fácil acceso a los usuarios, usando productos como cloro, lejía u otros recomendados para eliminar el virus, realizando una limpieza profunda al iniciar y finalizar la jornada.
Para los responsables de los establecimientos comerciales, se señala la necesidad de evaluar el personal que tenga en su nómina con condiciones de riesgo y determinar la necesidad de mantenerlos en cuarentena preventiva y prestando servicios desde el hogar.
Finalmente, los establecimientos que ofrecen los servicios de reparto a domicilio o pedidos para llevar se recomienda acordar el pago vía on-line para evitar el uso de efectivo o intercambio de tarjetas en el domicilio del cliente. De igual manera, se recomienda hacer la entrega en la puerta del domicilio, sin acceder a la vivienda, manteniendo en todo caso la distancia de al menos 1 metro con el cliente y sin ningún contacto físico. Con información de MinComercio.