La juez Milagros Herrera, negó este lunes una petición de la defensa del periodista Leocenis García en arresto domiciliario después de una huelga de hambre de 87 días en el Hospital Militar, dependencia del Ministerio de la Defensa. García, por el cual numerosas organizaciones de derechos humanos, incluyendo la Sociedad Interamericana de Prensa se han pronunciado, se mantiene detenido por un juicio que sus defensores tildan de político. NP
García, mantiene adormecimiento de la piel en varias zonas del cuerpo, producto de daños neurológicos, que podrían ser irreversible. La defensa pide trasladarlo a un clínica para hospitalizarlo como recomienda un neurólogo que visitó a García en su casa.
La pasada semana, pese a una orden de cierre vigente, los trabajadores del Grupo abrieron los tres periódicos y los pusieron en circulación.
Como se recordará a raíz de una información publicada por 6to. Poder, el juez que tenía la causa revoca una medida cautelar sustitutiva de la privación de libertad dictada a favor de Leocenis García en 2013.
De acuerdo con el COPP (Código Orgánico Procesal), esa medida cautelar no se hubiese podido conceder, si fuesen ciertos todos o uno cualquiera de los hechos que se imputan al procesado, pues la gravedad de cada uno de ellos y las penas con las cuales se castigan tales delitos lo impiden. 3 La revocatoria se basa en el hecho de no haberse presentado el acusado al tribunal de la causa, tal como era condición de la medida cautelar otorgada, pero resulta que el juez en cuestión se encontraba recusado y no podía conocer del caso hasta tanto se resolviera, por la instancia superior, la recusación en curso.
Según la defensa del periodista Leocenis García este no representaba peligro de fuga; por el contrario, más arraigado a su hacer profesional, como periodista y como editor, no podía estar. Sus publicaciones semanales eran varias, editaba libros propios y de terceros y los promotores de ellos eran los protagonistas principales, como lo fue la biografía de la ciudadana gobernadora del estado Monagas, acto prestigiado con la asistencia del ciudadano defensor del Pueblo, así como entre tantísimos otros, lo fue el libro presentado por su Ilustrísima Eminencia, el Cardenal, arzobispo primado de Caracas, y tantos más.
Leocenis invitó a visitar Venezuela y fue su anfitrión, al llamado Banquero de los Pobres, Premio Nobel de la Paz y el acontecimiento fue registrado, por todos los medios de comunicación del país y las agencias internacionales de noticias. Cada semana publicaba un editorial en 6to. Poder. Se incautan todos los bienes empleados en la labor periodística, sin que la empresa editora pertenezca a Leocenis García, ni tampoco el equipamiento respectivo. Impiden la labor profesional de más de 50 periodistas en ejercicio de su trabajo profesional sin importar, al juez de la causa, agredir la libertad de prensa, de comunicación y de expresión del pensamiento, así como la Ley del Trabajo.
A pesar de tener el juez la obligación de notificar, previamente, a la Procuraduría General de la República la acción contra los medios de comunicación involucrados y hacer tal notificación antes de intentar cualquier procedimiento, por ser dicha disposición un imperioso requisito de la ley, concebido por el legislador para proteger a los medios de comunicación de todo acto judicial que pudiese interferir o les impidiese cumplir su misión, mediante el embargo, la incautación, en este caso más bien confiscación, de los bienes, todo se produjo sin ton, ni son y al diablo con la ley: Hasta las computadoras y otros bienes de los periodistas se llevaron.