En Gaceta Oficial N° 40.774 fue publicada la Providencia Administrativa de la Superintendencia de los derechos Socioeconómicos (Sundde) en la que se regulan las modalidades para la fijación y marcaje de precios de produtos en todo el territorio nacional.
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De esta forma se oficializa que el margen de ganancia para los importadores será de un máximo de 20 por ciento, mientras que para los productores nacionales se ubica en 30%.
Será la Sundde el ente encargado de establecer los precios que considere para los productos y los publicará a través de su pagina web, por lo que se prohíbe expresamente a los comerciantes fijar cualquier precio no autorizado por la Superintendencia.
El precio justo y el precio máximo corresponden a la venta al consumidor final y su marcaje será obligatorio para todos los productos, bienes y servicios comercializados en el territorio nacional de forma visible o de lo contrario no podrán ser ofertados.
Serán tres las posibilidades de marcaje: rotulado en el bien, etiquetas autoadhesivas y listados impresos, esta última solo aplicable en el caso de servicios o bienes cuyas características físicas impidan implementar alguna de las anteriores.
Bajo ninguna circunstancia se podrá remarcar o enmendar un precio, de existir más de un marcaje, el producto será vendido al menor precio que registre.
También se determina que sin importar el número de intermediarios que existan en la cadena de comercialización o distribución, el margen máximo de intermediación será de 60 por ciento.