A través de su cuenta de twitter el alcalde David Smolansky afirmó este sábado a las 6:30 am sobre el traslado repentino y a la fuerza, del exalcalde de San Cristóbal, Daniel Ceballos, quien permanecía encarcelado en Ramo Verde.
De acuerdo a información de Smolansky y Lilian Tintori, esposa de Leopoldo López, Ceballos fue trasladado a una cárcel común en San Juan de Los Morros, estado Guárico, donde permanece uniformado y le raparon el cabello. Tintori señaló que no sabía nada de su esposo, Leopoldo López.
De igual forma su esposa, Patricia de Ceballos, actual alcaldesa de San Cristóbal confirmó el traslado y responsabilizó al presidente Nicolás Maduro de la vida de Daniel.
El abogado, Juan Carlos Gutiérrez, también confirmó que en la madrugada de hoy 23 de mayo el exalcalde de San Cristóbal, Daniel Ceballos, fue trasladado a la cárcel de San Juan de losMorros.
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El pasado 25 de marzo de 2014, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, declaró en desacato a Daniel Ceballos, ante el mandamiento de amparo constitucional cautelar dictado por esa instancia, a través de la sentencia N° 135 del 12 de marzo de 2014, en virtud del fallo 137 del 17 de marzo de 2014 y sentenciado a cumplir 12 meses de prisión que ya concluyeron. Además le ordenó cesar en sus funciones como alcalde del municipio San Cristóbal del estado Táchira, precisó Moreno. Los 12 meses de la condena fue porque el TSJ constató que Ceballos incumplió el mandato de mantener despejadas las vías de comunicación en San Cristóbal, ciudad que fue víctima de las llamadas guarimbas.
Por esta causa, el Juzgado Undécimo de Primera Instancia en funciones de Ejecución de Caracas, acordó la libertad por cumplimiento de sanción de Daniel Ceballos, pero la misma dispositiva señala que el ciudadano mencionado debe continuar con la medida privativa preventiva de libertad, ante la causa que le lleva el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, detalló el también vicepresidente del TSJ.
El 26 de marzo de 2015 el Tribunal 15 de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, continúa la causa judicial contra Daniel Ceballos por la presunta comisión de los delitos de rebelión y agavillamiento, previstos y sancionados en los artículos 143, numeral 1 y 286, ambos del Código Penal, y se le mantiene la medida privativa preventiva de libertad. La aclaratoria fue hecha por el magistrado Maikel Moreno, presidente de la Sala Penal del Alto Tribunal del país.
Con información de Últimas Noticias