Los asesores legales de la Alcaldía del municipio Simón Rodríguez, hicieron entrega formal de las áreas administrativas y operacionales del Parque Cementerio Jardines Monumental Guanipa, C.A., a los legítimos representantes y propietarios de forma inmediata.
La acción, que se ejecutó este miércoles 16 de agosto después de reconocer «actuaciones ilegales de la administración anterior», ocurre poco antes de cumplirse cinco meses de una orden emitida por el Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo del estado Anzoátegui con sede en Barcelona. El 29 de marzo la jueza Mirna Mas y Rubí Sposito, ejecutó una medida cautelar innominada que suspendía los decretos del ciudadano alcalde Ernesto Paraqueima, y a su vez ordenaba entregar de inmediato los activos y bienes pertenecientes a la Sociedad Mercantil Jardines de Guanipa a sus propietarios.
Lee aquí la entrevista especial del Vistazo con el propietario de Jardines de Guanipa, Antonio Briceño.
La nota de prensa de hoy hace referencia al nuevo asesor legal de la Alcaldía, Edgar Marín, quien señala: «Ante las actuaciones ilegales e inconstitucionales dictadas por la administración anterior, la mandataria del Municipio Simón Rodríguez (Lilys Osuna), a través de sendas Resoluciones Administrativas, decidió revocar y dejar sin efecto y valor jurídico alguno, las Resoluciones Números 010-2023-AMSR y 012-2023-AMSR, dictadas por el ex alcalde Ernesto Parqueima Luigi, en fechas 16/01/2023 y 20/01/2023, respectivamente, las cuales de manera arbitraria, violando flagrantemente, todas la garantías legales que deben prevalecer en un Estado de Derecho, atentaron contra los intereses de la Sociedad Mercantil Parque Cementerio Jardines de Guanipa, C.A.».
Señaló que en dichas resoluciones se declaró la extinción de la concesión por cumplimiento del plazo, la cual había sido «renovada» por la Cámara Municipal, según «acuerdo publicado en Gaceta Municipal en fecha 29-11-2022, violando de manera evidente el Orden Jerárquico consagrado en el artículo 13 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, ya que un ALCALDE o ALCALDESA a través de una RESOLUCION no puede revocar ni extinguir las decisiones dictadas a través de un ACUERDO de la Cámara Municipal».
El texto agrega: «Ante este aberrante procedimiento administrativo, los propietarios ejercieron un RECURSO DE NULIDAD contra las referidas RESOLUCIONES ADMINISTRATIVAS, por ante el Tribunal Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui con sede en la ciudad de Barcelona, causa que una vez admitida, se dictó una medida innominada, contra la cual el Alcalde de turno constituyó y consignó, para garantizar las resultas del juicio, por ante ese Juzgado FIANZA DE FIEL CUMPLIENTO, hasta por la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA MIL DOLARES AMERICANOS SIN CENTIMOS (USD. 250.000,00), hipotecando al municipio».
El asesor legal refirió que se contravino lo contemplado en el Artículo 81, Numeral 2° de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, el cual prohíbe de manera expresa al alcalde o alcaldesa y a los concejales o concejalas, celebrar contratos por sí o por interpuestas personas sobre bienes o rentas del municipio.
Aseguró que ante tales hechos, aunado al deber ineludible de esta Alcaldía, de buscar en este caso, fórmulas conciliatorias mediante las cuales se le ponga fin a la acción intentada, en procura de impedir que se causen daños, no sólo al municipio, sino a las empresas que mantienen relaciones contractuales con éste ente, «es de imperiosa necesidad, revocar y declarar la nulidad absoluta, las comentadas resoluciones administrativa, para así evitar situaciones comprometedora y de consecuencias lamentables para el patrimonio del Municipio Simón Rodríguez», concluye el comunicado.
«Se ordenó el cese total y absoluto de la toma de posesión», señala parte del escrito difundido el 16 de agosto desde Prensa Alcaldía.