El martes 12 de julio, la Asamblea Nacional (AN) aprobó en segunda discusión la Ley de Registros de Antecedentes Penales que consta de 18 artículos.
«Este instrumento está afincado en el respeto a los derechos humanos, a la privacidad, a la intimidad y al debido proceso que merecemos todos los venezolanos», explicó el presidente del parlamento, Jorge Rodríguez, tras la aprobación de esta nueva normativa legal.
Esta ley, que establece la creación de los Registros de Antecedentes Penales, contiene una serie de artículos que protegen al condenado, al determinar el derecho a la confidencialidad de la información que se encuentre en el registro para prevenir efectos discriminatorios.
Además, prohíbe a cualquier persona jurídica o natural en funciones de empleador, exigir a las personas la presentación de antecedentes penales como requisito para postularse a una oferta de trabajo.
El Ministerio de Relaciones Interiores, Justicia y Paz será el organismo que regirá y definirá los Registros de Antecedentes Penales y el sistema de archivo mixto (digital, automatizado y físico).
Asimismo, destaca que los órganos del Estado tienen la obligación de suministrar información requerida para el Registro de Antecedentes Penales.
El costo de la tramitación de un certificado de antecedentes penales también está establecido en la ley, será de una tasa de entre 10 y 50 veces del tipo de cambio de la moneda de mayor valor publicada por el Banco Central de Venezuela (BCV).
La ley será remitida al Ejecutivo Nacional, para su promulgación.