El Departamento del Tesoro de los Estados Unidos (EEUU), emitió este jueves una nueva licencia para proteger la corporación de petróleo Citgo, hasta el 22 de enero de 2020, según reza el documento.
De acuerdo a la licencia las transacciones relacionadas a venta o transferencia de acciones de Citgo en relación al bono Pdvsa 2020, quedan prohibidas de acuerdo a la Orden Ejecutiva número 13.857 del 25 de enero de 2019, asegurando que en la medida que se alcancen acuerdos de reestructuración o refinanciamiento del bono Pdvsa 2020 se pueden aplicar licencias adicionales.
El próximo lunes 28 de octubre vencía el pago de 913 millones de dólares de intereses del Bono 2020 de Petróleos de Venezuela (Pdvsa). La garantía era 50,1% de las acciones de Citgo.
Como señala El Nuevo Herald de Miami, «Venezuela estaba condenada a perder posesión de Citgo este fin de semana si el Departamento del Tesoro no eliminaba o modificaba el contenido de su licencia Número 5, que exonera específicamente a los tenedores de la emisión PDVSA 2020 las restricciones que representan las sanciones impuestas por Washington contra el régimen de Nicolás Maduro y la estatal Petróleos de Venezuela».
Documento:
DEPARTAMENTO DEL TESORO WASHINGTON, D.C.20220
OFICINA DE CONTROL DE ACTIVOS EXTRANJEROS
Orden ejecutiva 13835 del 21 de mayo de 2018
Prohibición de ciertas transacciones adicionales con respecto a Venezuela
LICENCIA GENERAL NO. 5A
Autorizar ciertas transacciones relacionadas con Petróleos de Venezuela, S.A. 2020 Bono de 8.5 por ciento a partir del 22 de enero de 2020
(a) Excepto según lo dispuesto en el párrafo (b) de esta licencia general, a partir del 22 de enero de 2020, todas las transacciones relacionadas con la provisión de financiamiento y otras transacciones en el Bono de 8.5 por ciento de Petróleos de Venezuela, SA 2020 que estaría prohibido por Subsección l (a) (iii) de la Orden Ejecutiva (E.O.) 13835, según enmendada por E.O. 13857 del 25 de enero de 2019, están autorizados.
(b) Esta licencia general no autoriza ninguna transacción que esté prohibida por E.O. 13884 del 5 de agosto de 2019, o E.O. 13850 del 1 de noviembre de 2018, E.O. 13835, E.O. 13827 del 19 de marzo de 2018, E.O. 13808 del 24 de agosto de 2017, o E.O. 13692 del 8 de marzo de 2015, cada una enmendada por E.O. 13857, o cualquier parte de 31 C.F.R. capítulo V.
(c) A partir del 24 de octubre de 2019, la Licencia General No. 5, fechada el 19 de julio de 2018, es reemplazada y reemplazada en su totalidad por esta Licencia General No. 5A.