Polémica Resolución N° 8610 regula cómo pueden actuar las Fuerzas Armadas en manifestaciones y protestas, entra en conflicto con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Artículos recomendados: La FANB viola los Derechos Humanos de los venezolanos / Briceño León: “Es una amenaza de muerte del ministro a los manifestantes”
Planteamiento:
La resolución suscrita por el general en jefe Vladimir Padrino López, Ministerio del Poder Popular para la Defensa, no es una ley. Sin embargo lo que más ha generado discusión en redes sociales es la vaguedad de algunos términos, la no distinción entre manifestaciones pacíficas y violentas, así como la contradicción que plantea con la Carta Magna venezolana.
En algún segmento indica la resolución: Se hará “Uso de la fuerza potencialmente mortal, bien con el arma de fuego o con otra arma potencialmente mortal”, como último recurso para “evitar los desórdenes, apoyar la autoridad legítimamente constituida y rechazar toda agresión, enfrentándola de inmediato y con los medios necesarios”.
Esto entra en conflicto con el artículo 68 de la Constitución: “Se prohíbe el uso de armas de fuego y sustancias tóxicas en el control de manifestaciones pacíficas. La ley regulará la actuación de los cuerpos policiales y de seguridad en el control del orden público”.
Reacciones a favor
El Defensor del Pueblo, Tarek William Saab, justificó la publicación de la resolución n° 008610 del Ministerio de la Defensa que norma la actuación de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (Fanb) en funciones de control del orden público, la paz social y la convivencia ciudadana en reuniones públicas y manifestaciones, a través de su cuenta Twitter. El Defensor dijo que esta normativa que prevé «progresivo y diferenciado de la fuerza cuando el empleo de la misma sea necesaria» es «para la paz».
El parlamentario del PSUV, Diógenes Andrade se refirió la resolución No. 008610, señalando que además de la protección de los Derechos Humanos, están estipuladas acciones y reacciones ante «grupos fascistas y vandálicos que usan armas de alto poder para agredir a las FANB y un pueblo desarmado, como sucedió durante las guarimbas”.
Reacciones en contra
La presidenta de la ONG Control Ciudadano para la Seguridad, Defensa, Defensa y Fuerza Armada Nacional, Rocío San Miguel, también se refirió a la resolución 008610 del Ministerio de Defensa que establece el uso de armas mortales contra manifestantes: “Tener dudas sobre el uso potencialmente mortal de armas de fuego es muy peligroso en los términos de una reglamentación para el control de manifestaciones públicas”.
La vocera de la Mesa de la Unidad Democrática (MUD), Delsa Solórzano, informó que el próximo lunes una comisión de esta coalición acudirá al Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) para solicitar la anulación de la resolución que consideran inconstitucional, gestión que también realizará ante organismos internacionales.
«También iremos a las Naciones Unidas, a la ONU, y a donde tengamos que ir para mostrar nuestro rechazo a la aplicación de esta resolución», dijo Solórzano a periodistas, declaraciones que fueron recogidas en un comunicado de la MUD de rechazo a la norma.
Solórzano, coordinadora del Comité de Derechos Humanos de la MUD, acusó al ministro de Defensa, Vladimir Padrino, de pasar por encima del parlamento al realizar esta resolución.
Con información de El Nacional:
Se desconocen los estándares internacionales, entre ellos el establecido en el Informe sobre Seguridad Ciudadana y Derechos Humanos, elaborado por la Comisión Interamericana sobre Derechos Humanos, en 2009: “…dado que las fuerzas armadas carecen del entrenamiento adecuado para el control de la seguridad ciudadana, corresponde a una fuerza policial civil, eficiente y respetuosa de los derechos humanos combatir la inseguridad, la delincuencia y la violencia en el ámbito interno”.
Sobre la capacitación de los funcionarios militares para procurar que no cometan excesos, la disposición transitoria segunda indica que dentro de los tres meses siguientes se “girarán instrucciones para la elaboración del ‘Manual de Normas y Procedimientos Operativos del Servicio de Seguridad en Materia de Orden Público de Uso Común para las y los Integrantes de la Fuerza Armada nacional Bolivariana”. Sin embargo, la autorización de los militares para intervenir en protestas y usar armas de fuego mortales tiene vigencia inmediata.