El Tribunal Supremo de Justicia emitió una sentencia en la que declaró que solo los diputados que se encuentren en “ejercicio” gozarán de inmunidad parlamentaria, luego de que el pasado mayo opositores solicitaran la liberación de tres legisladores suplentes que están presos desde hace más de dos años.
“La inmunidad parlamentaria la detentan única y exclusivamente las personas que estén en el ejercicio efectivo (…) por lo que los diputados suplentes sólo gozan de inmunidad cuando efectivamente suplan las faltas de los principales y con ocasión a las actuaciones desplegadas en ese tiempo“, reza la sentencia del Tribunal.
La sentencia el Poder Judicial declaró “inadmisible” la demanda interpuesta por los diputados opositores del partido Voluntad Popular, Gaby Arellano y Sergio Vergara, el pasado mes de mayo, en la que solicitaron la liberación de los ciudadanos Renzo Prieto, Rosmit Mantilla y Gilberto Sojo.
La misiva de la Sala Constitucional del TSJ aclaró que Gaby Arellano y Sergio Vergara “no demostraron que su situación jurídica subjetiva hubiese sido afectada por la privación de libertad de los ciudadanos que (…) fueron electos diputados suplentes de las circunscripciones de los estados Táchira y Aragua”.
DEV – EFE. TSJ falló contra liberación de diputados opositores