El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró inconstitucional la Ley Especial para Atender la Crisis Nacional de Salud, aprobada por los diputados opositores el pasado 3 de mayo, que establece que la Asamblea Nacional puede “servir de intermediario receptor de la cooperación internacional”.
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El máximo ente judicial interpreta que la AN se arroga competencias para dirigir las relaciones internacionales de la República y en consecuencia viola el artículo 236 de la Carta Magna, que reserva esta función exclusivamente al Ejecutivo.
«La ley pretende obligar al Ejecutivo a aceptar cooperación internacional, con lo que se incurre en una falta constitucional de cesión de parte de la soberanía del Estado a los organizaciones internacionales y países cooperantes, quienes tendrían la potestad de decidir condiciones en la entrega de la misma», expone el poder judicial en nota de prensa.
- El TSJ también alertó que se dejaba abierta la posibilidad de ingreso de fármacos en etapa de investigación no aptos para ser suministrados a la población, con el agravante de que el Ejecutivo no tendría facultades para impedirlo.