La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, declaró la inconstitucionalidad de la Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.
Dicho dicho texto fue sancionado el pasado 7 de abril por la mayoría en la Asamblea Nacional.
El TSJ determinó que la reforma es constitucionalmente írrita, y mantiene en vigencia la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia publicada en la Gaceta Oficial N° 39.522 del 1° de octubre de 2010.
En el análisis de la sentencia, se explica que la Ley sometida a control constitucional y “no cumplió” el presupuesto de iniciativa legislativa que corresponde al Máximo Tribunal de la República, de manera exclusiva y excluyente, conforme lo establece el artículo 204.4 del Texto Fundamental, ni tampoco fue solicitada su intervención útil y obligatoria en el procedimiento de formación de ley, tal como lo exige el artículo 211 eiusdem.
DEV con información de Fm Center. TSJ declaró como inconstitucional la Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica del TSJ