El fiscal general de la república, Tarek William Saab, señaló que los 6 hombres condenados a 16 años de prisión, no son dirigentes sindicales, ni están inscritos en el Seguro Social como trabajadores de instituciones públicas.
El 1 de agosto la jueza del Tribunal 2° de Terrorismo, Grendy Duque, sentenció a 16 años de prisión a Alcides Bracho, Gabriel Blanco, Emilio Negrín, Reynaldo Cortés, Néstor Astudillo y Orlando Meléndez, por los delitos de conspiración y asociación para delinquir.
“No son líderes sindicales, ni están inscritos en el Seguro Social estos 6 hombres”, afirmó el fiscal general en rueda de prensa realizada el 3 de agosto.
Supuestamente son integrantes de una organización “subversiva y conspirativa” denominada Unidad de Resistencia Popular (URP) y planeaban apoderarse de 120 fusiles modelo FAL en la base militar de San Jacinto en el estado Mérida.
Con ese armamento iban a entorpecer las actividades del festivo 5 de julio del 2022, generando peligro contra el mandatario Nicolás Maduro y el alto mando militar.
Los señalados operaban en Zulia, Vargas, Falcón y Distrito Capital, eran apoyados desde Colombia.
Apuntó que al momento de la detenciones de los seis hombres entre el 4 y el 9 de julio, les incautaron “evidencias de interés criminalístico que los vinculan a este grupo subversivo”.
Sostuvo que Alcides José Bracho era el “jefe de la organización” y que trabajaba bajo instrucciones y financiamiento de Angelo Heredia, ex funcionario de la Guardia Nacional Bolivariana (GNB) en situación de deserción.
El mes pasado, el Alto Comisionado de la ONU para Derechos Humanos, Volker Türk, mencionó la detención de los seis líderes sindicales, en la actualización del informe sobre la situación de los derechos humanos en Venezuela.
“El juicio en curso de seis dirigentes sindicales por cargos de conspiración y asociación para delinquir, tras su detención hace un año, también en relación con protestas laborales”, expuso Türk en el escrito.
Instó al gobierno venezolano a permitir la libre asociación sindical y el derecho a la protesta.